LUNA, GUSTAVO EDMUNDO c/ EN-AFIP-CAJA DE JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES-RESOL 2437/08 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor promovió demanda para declarar la inconstitucionalidad del Impuesto a las Ganancias aplicado sobre sus haberes jubilatorios. La Cámara revocó la sentencia y declaró la inconstitucionalidad del impuesto, ordenando el reintegro de las sumas retenidas.
Declaración de inconstitucionalidad del Impuesto a las Ganancias aplicado sobre sus haberes jubilatorios
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad del art. 79 inc. c) y normas concordantes de la Ley de Impuesto a las Ganancias (Leyes 20.628, 27.346 y 27.430), inclusive en su texto modificado por la Ley 27.617. Ordenó el reintegro y cese de las retenciones realizadas.
Fundamentos principales:
- La Ley 27.617 no cumple con los requisitos establecidos por la CSJN en el precedente "García, María Isabel" para un tratamiento diferenciado de los jubilados en situación de vulnerabilidad.
- Corresponde declarar la inconstitucionalidad de las normas impositivas aplicadas a los haberes jubilatorios, con reintegro de los montos retenidos.
- El reintegro alcanza a los últimos 5 años anteriores a la interposición de la demanda, con intereses conforme lo normado en la Ley 11.683.
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