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REYES, FERNANDA Y OTROS c/ EN-M DESARROLLO SOCIAL DE LA NACION-LEY 27275 s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo por acceso a la información pública relacionada con el Programa Potenciar Trabajo. La Cámara Contencioso Administrativa modificó la sentencia y devolvió las actuaciones a la instancia de origen para que se pronuncie de manera más precisa sobre la información pendiente de entrega.

Congruencia procesal Amparo Acceso a la informacion publica Programa potenciar trabajo Precision en el dictado de la sentencia


¿Quién es el actor?

Fernanda Reyes y otros

¿A quién se demanda?

Ministerio de Desarrollo Social de la Nación

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acceso a la información pública relacionada con la ejecución del Programa "Potenciar Trabajo"

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por el Ministerio. Dejó sin efecto la resolución que había ordenado la entrega de la información y devolvió las actuaciones a la instancia de origen para que se pronuncie de manera más precisa sobre la información pendiente de entrega, respetando el principio de congruencia procesal. Los principales fundamentos de la Cámara fueron:
- La sentencia de primera instancia no determinó con precisión si los convenios del año 2023 estaban comprendidos en el pedido de información, ya que el objeto de la demanda se había delimitado a los años 2020, 2021 y 2022.
- La ley de amparo exige que la sentencia determine de manera precisa la conducta a cumplir por la autoridad demandada, lo que no ocurrió en este caso.
- Corresponde que la jueza de primera instancia cumpla con sus deberes de dirección del proceso y pronuncie una resolución que respete el principio de congruencia entre lo solicitado y lo resuelto.

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