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BIANCHINI, ANA MARIA Y OTROS c/ EN-M JUSTICIA DDHH-SPF s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Tribunal confirma los honorarios regulados al letrado de la parte demandada en incidente de caducidad, aplicando normativa de arancel profesional

Ley 27 423 Honorarios profesionales Arancel Unidad de medida arancelaria Incidente de caducidad


¿Quién es el actor?

ANA MARIA BIANCHINI Y OTROS

¿A quién se demanda?

EN-M JUSTICIA DDHH-SPF

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incidente de caducidad

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativo Federal, Sala IV, confirma los honorarios regulados a favor del letrado de la parte demandada, aplicando la Ley de Arancel Profesional 27.423 y la Resolución de la CSJN sobre Unidad de Medida Arancelaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara considera que corresponde confirmar los honorarios regulados a favor del letrado apoderado de la parte demandada, dado que solo fueron apelados "por bajos" y en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia económica del incidente de caducidad. Asimismo, regula los honorarios del letrado en la suma de $25.373, equivalente a 1 Unidad de Medida Arancelaria, conforme lo establecido en la normativa aplicable.

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