ENRE-RESOL 485/10 Y OTRO Y OTRO c/ EDESUR SA s/PROCESO DE EJECUCION
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión que declaraba prescrito el derecho de la Dra. Spinelli a percibir los intereses de sus honorarios contra EDESUR SA.
¿Quién es el actor?
Dra. Spinelli
¿A quién se demanda?
EDESUR SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de intereses de honorarios regulados a favor de la Dra. Spinelli
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la resolución que hizo lugar a la excepción de prescripción opuesta por EDESUR SA y declaró extinguido el derecho de la Dra. Spinelli a percibir los intereses de sus honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Aplicó el plazo quinquenal de prescripción previsto en el art. 2560 del Código Civil y Comercial, contado desde la entrada en vigencia del nuevo Código el 1/8/2015. Dicho plazo venció en agosto de 2020, incluso considerando la suspensión de plazos por la feria judicial extraordinaria.
- Citó precedente "Edesal" de la CSJN, que estableció que la prescripción de los honorarios regulados es decenal, mientras que en el caso de cobro de los intereses es quinquenal.
- Consideró que los actos interruptivos o suspensivos deben ser realizados antes del vencimiento del plazo de prescripción y, en el caso, la intimación de pago de la Dra. Spinelli fue efectuada luego del vencimiento del plazo quinquenal.
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