ALFONSO, VICTOR OSCAR c/ EN-M DEFENSA-EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor promovió demanda por diferencia de intereses de capital adeudado. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la decisión y dejó sin efecto la intimación por considerar que el Estado aún tiene plazo para cumplir con el pago.
¿Quién es el actor?
Victor Oscar Alfonso
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Ejército
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Diferencia de intereses de capital adeudado
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la decisión de primera instancia y dejó sin efecto la intimación al Estado Nacional para que deposite la suma adeudada por intereses, argumentando que el Estado aún dispone del plazo establecido en las Leyes 23.982 y 24.624 para realizar el pago, el cual no ha vencido.
Los principales fundamentos fueron:
- La ley 23.982 establece que el Estado Nacional dispone hasta el 31 de diciembre del ejercicio siguiente al reconocimiento de la deuda para cancelarla, y la primera liquidación fue aprobada el 12/10/2021, por lo que el pago debía realizarse en 2022 o 2023.
- La ley 24.624 indica que si el presupuesto carece de crédito suficiente, el Poder Ejecutivo debe prever su inclusión en el ejercicio siguiente, por lo que el Estado puede diferir el pago hasta 2024.
- La Corte Suprema ha establecido en el precedente "Curti" que mientras no venza el plazo del art. 22 de la ley 23.982, la deuda no es exigible.
- Si bien los intereses seguirán devengándose, no corresponde admitir la ejecución forzada hasta que venza el plazo legal para el pago.
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