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CANO, MARTA LIDIA c/ EN - AFIP - LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La actora promovió demanda por la inconstitucionalidad de normas del Impuesto a las Ganancias que le practicaban retenciones sobre su haber jubilatorio. La Cámara Contencioso Administrativo Federal - Sala II confirmó la inconstitucionalidad de las normas, pero modificó la fecha de inicio del cálculo de los intereses.

Intereses Inconstitucionalidad Vulnerabilidad Impuesto a las ganancias Jubilados Retenciones


- Actora: Marta Lidia Cano

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- AFIP

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de inconstitucionalidad de artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias que le practicaban retenciones sobre su haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se declaró la inconstitucionalidad de las normas impugnadas, pero se modificó la fecha de inicio del cálculo de los intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara aplicó la doctrina establecida por la Corte Suprema en el fallo "García, María Isabel", que considera que los jubilados en situación de vulnerabilidad deben recibir un tratamiento diferenciado. Si bien la reforma introducida por la Ley 27.617 elevó el mínimo no imponible, ello no modifica la procedencia de la acción. Por otro lado, los intereses deben computarse desde la fecha de interposición de la demanda y desde cada retención realizada con posterioridad a esa fecha.

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