CNRT c/ AGM MOTOS SRL s/PROCESO DE EJECUCION
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la caducidad de la instancia decretada en primera instancia en un proceso de ejecución por falta de impulso procesal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La CNRT promovió un proceso de ejecución contra AGM MOTOS SRL. El juez de primera instancia decretó la caducidad de la instancia por falta de impulso procesal por parte de la actora entre el 27 de octubre de 2020 y el 11 de marzo de 2021. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión de primera instancia. Señaló que la caducidad de la instancia es un modo anormal de terminación del proceso, cuyo fundamento reside en la presunción de abandono de la causa, por lo que su interpretación debe ser restrictiva. Destacó que durante el plazo de tres meses previsto por el Código Procesal la actora no impulsó el procedimiento, por lo que el proceso se encontraba en evidente estado de abandono, correspondiendo confirmar la caducidad decretada.
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