PELLITAL SA c/ EN-DGA-RESOL 3-V-12(EXPTE 12197-8656/05) s/DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
La Cámara Contencioso Administrativo Federal modificó la regulación de honorarios de la dirección y representación letrada de la parte demandada en la tercera etapa y en la instancia de apelación.
¿Quién es el actor?
No se menciona
¿A quién se demanda?
EN-DGA (Dirección General de Aduanas)
- Objeto de la demanda: No se menciona
- Decisión del tribunal:
- La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó los honorarios regulados por la dirección y representación letrada de la parte demandada en la primera y segunda etapa del proceso.
- Revocó la regulación efectuada a la dirección y representación letrada de la parte demandada por la tercera etapa del proceso, y la fijó en 1,72 UMAs, equivalente a $52.566,64.
- Fijó los emolumentos de la dirección y representación letrada de la parte demandada en 1,11 UMAs, equivalentes a $923,82, por la labor desarrollada en la instancia de apelación.
- Fijó los emolumentos de la dirección y representación letrada de la parte demandada en 20 UMAs, equivalentes a $611.240, por el recurso extraordinario federal entablado por la accionante.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Los honorarios regulados por la dirección y representación letrada de la parte demandada en la primera y segunda etapa del proceso resultan ajustados a derecho, de acuerdo a los arts. 6, 7, 9, 37, 38 y concordantes de la Ley N° 21.839 modificada por la Ley N° 24.432.
- La regulación efectuada a la dirección y representación letrada de la parte demandada por la tercera etapa del proceso se revoca y se fija en 1,72 UMAs, equivalente a $52.566,64, de acuerdo a los arts. 16, 21, 22, 29 y concordantes de la Ley N° 27.423 y la Acordada de la CSJN N° 30/2023 y Resolución SGA 3369/2023.
- Los emolumentos de la dirección y representación letrada de la parte demandada por la labor desarrollada en la instancia de apelación se fijan en 1,11 UMAs, equivalentes a $923,82, de acuerdo a los arts. 16, 19, 21 y 30 de la Ley N° 27.423 y la Acordada N° 30/23 de la CSJN y Resolución SGA 3329/2023.
- Los emolumentos de la dirección y representación letrada de la parte demandada por el recurso extraordinario federal entablado por la accionante se fijan en 20 UMAs, equivalentes a $611.240, de acuerdo al art. 31 de la Ley N° 27.423 y la Acordada N° 30/23 de la CSJN y Resolución SGA 3369/2023.
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