CORTESE, CARLOS GABRIEL c/ EN - AFIP s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
El actor promovió demanda por exclusión del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la decisión que rechazó la demanda, al considerar que la exclusión se encontraba debidamente fundamentada y notificada.
Exclusión del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda y se confirmó la exclusión del Régimen Simplificado
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La AFIP excluyó al actor del Régimen Simplificado por superar el límite de ingresos brutos anuales establecido para la categoría en la que se encontraba inscripto, lo cual estaba debidamente fundamentado y notificado.
- La publicación en el Boletín Oficial y la comunicación a través de la "Clave Fiscal" fueron considerados medios válidos de notificación.
- No se advirtieron vicios en la motivación del acto de exclusión, ya que la fundamentación surgiría de los antecedentes y registros de la AFIP.
- La exclusión y el alta en el régimen general se produjeron de manera automática, conforme lo previsto en la normativa.
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