EN-M PRODUCCION c/ OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES -OSECAC- s/PROCESO DE EJECUCION
La Cámara Contencioso Administrativa Federal modifica la regulación de honorarios de los abogados de la parte actora en un proceso de ejecución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el marco de un proceso de ejecución, la Cámara Contencioso Administrativa Federal modifica la regulación de honorarios practicada previamente. Establece que los letrados de la parte actora deben percibir 3 UMAs (equivalente a $103.146) por la primera etapa del proceso y otros 3 UMAs (equivalente a $103.146) por la segunda etapa, a cargo de la demandada. La Cámara fundamenta esta decisión en la naturaleza del proceso, el resultado obtenido y la calidad del trabajo realizado por los abogados de la parte actora.
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