V, R A c/ POLICIA FEDERAL ARGENTINA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora reclamó la aplicación de sanciones conminatorias por incumplimiento de organismos públicos en la respuesta a oficios informáticos. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la decisión y ordenó que los próximos requerimientos de informes se realicen bajo apercibimiento de aplicar las astreintes del Código Procesal.
¿Quién es el actor?
V, R A
- Demandados: Policía Federal Argentina y otro
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamó la aplicación de sanciones conminatorias (astreintes) por incumplimiento de organismos públicos en la respuesta a oficios informáticos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la decisión de primera instancia y ordenó que los próximos requerimientos de informes se realicen bajo apercibimiento de aplicar las sanciones conminatorias previstas en el art. 398 del CPCCN, al considerar que dicha norma impone el deber de aplicar esas medidas ante atrasos injustificados. Sin embargo, aclaró que para efectivizar las astreintes será necesario que se notifique previamente el apercibimiento.
- Fundamentos relevantes:
"la primera fuente de exégesis de la ley es su letra, y cuando ésta no exige esfuerzo de interpretación debe ser aplicada directamente, con prescindencia de consideraciones que excedan las circunstancias del caso expresamente contempladas por la norma"
"las astreintes son sanciones procesales conminatorias, impuestas a título condicional y como medida de coacción psicológica destinada a vencer la resistencia del obligado"
"la concreta aplicación de tales sanciones conminatorias puede ser evitada con el oportuno cumplimiento de la providencia cuestionada"
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: