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REY, JUAN CARLOS c/ CPACF (EXP. 32640/22) s/VARIOS

La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la decisión del juez de primera instancia y ordenó que las costas del proceso sean soportadas por la parte actora vencida.

Costas Recurso directo Principio de la derrota Colegio publico de abogados Rehabilitacion matricula profesional


¿Quién es el actor?

Juan Carlos Rey

¿A quién se demanda?

Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF)
- Objeto de la demanda: Busca la "rehabilitación en la Matrícula Profesional" que le había sido denegada por el CPACF.
- Decisión del tribunal: La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró la cosa juzgada de oficio, pero revocó la decisión del juez de primera instancia que no había impuesto las costas a la parte actora vencida. La Cámara consideró que corresponde aplicar el principio general que impone las costas a la parte vencida, salvo circunstancias excepcionales que no se verificaron en este caso. Fundamentos principales de la decisión:
- El artículo 68 del Código Procesal Civil y Comercial consagra el principio rector que impone a la parte vencida el pago de las costas del proceso, por ser quien debió realizar los gastos para obtener el reconocimiento de su derecho.
- Si bien los jueces pueden excepcionar este principio en casos donde su aplicación resultaría manifiestamente injusta, esta facultad debe ejercerse restrictivamente.
- En el presente caso, no se advierten circunstancias excepcionales que justifiquen eximir a la parte actora vencida del pago de las costas, ya que la cosa juzgada declarada de oficio respondió a una conducta atribuible a dicha parte.

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