ENACOM c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA s/PROCESO DE EJECUCION
Aprobación de honorarios de profesionales en un juicio ejecutivo. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la regulación de honorarios realizada.
¿Quién es el actor?
ENACOM (Ente Nacional de Comunicaciones)
¿A quién se demanda?
TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de crédito
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la regulación de honorarios a favor de los Dres. Pablo Damián Rodríguez y María Victoria Arbizu, por su actuación como directores letrados y representantes de la parte actora. La Cámara señaló que para determinar los honorarios deben ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución de cada profesional. Además, indicó que no corresponde una aplicación automática de porcentajes, sino un análisis y evaluación de la tarea encomendada a los profesionales. Citó jurisprudencia de la Corte Suprema que establece que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, debiendo ajustarse a los méritos, naturaleza e importancia de la labor profesional. En consecuencia, confirmó los honorarios regulados a favor de los letrados actuantes, considerando la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y el monto involucrado, en el marco de un juicio ejecutivo con sentencia.
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