ROJO LUQUE, JULIO CESAR c/ EN-M JUSTICIA DDHH-EXPTE 127202035/22 s/AMPARO POR MORA
La Cámara Contencioso Administrativa Federal resolvió aprobar los honorarios regulados a favor de la letrada apoderada de la parte actora en un proceso de amparo por mora.
¿Quién es el actor?
Julio César Rojo Luque
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo por mora
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal elevó los honorarios de la letrada apoderada de la parte actora a la suma de $340.796,40 (equivalente a 8,4 UMA), de acuerdo a lo establecido en la Ley de Arancel.
Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- La regulación de honorarios debe compensar adecuadamente la tarea profesional desplegada, ponderando la magnitud del trabajo, grado de responsabilidad y complejidad de los intereses en juego.
- No resulta conveniente la aplicación automática de porcentajes previstos en los aranceles cuando ello lleve a una evidente e injustificada desproporción con la labor realizada.
- El valor del juicio no es la única base computable, debiendo ajustarse los honorarios al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional.
- Atendiendo a la etapa del pleito cumplida, el motivo, extensión, calidad jurídica y resultado de la labor desarrollada, corresponde elevar los honorarios a la suma indicada, de conformidad con lo preceptuado en la Ley de Arancel.
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