Incidente Nº 1 - ACTOR: INSAURRALDE, HECTOR Y OTROS DEMANDADO: EN -M SEGURIDAD GN s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
Rechazo de recurso de apelación contra intimación a pagar intereses adeudados por Estado Nacional
Pago de sumas adeudadas en concepto de intereses
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional y se confirma la resolución que lo había intimado a depositar las sumas adeudadas por intereses.
Los fundamentos principales de la decisión son:
- Conforme al precedente "Martínez" de la CSJN, para la cancelación de reconocimientos judiciales firmes sujetos al art. 170 de la Ley 11.672, el Estado Nacional debe prever en el presupuesto las sumas totales adeudadas, incluyendo capital e intereses devengados hasta el efectivo pago.
- Al no haber realizado la previsión presupuestaria integral, el Estado incumplió con dicha obligación, por lo que no puede pretender que el pago de los intereses complementarios deba efectuarse conforme al mecanismo del art. 170 de la Ley 11.672.
- La omisión del Estado en realizar la previsión presupuestaria integral ocasiona perjuicios tanto al erario público, por el devengamiento de intereses, como a los acreedores, por la dilación en la percepción de sus créditos, y al servicio de justicia, por la litigiosidad que ello provoca.
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