OHANA, VICTOR DANIEL c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA DE INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION COMERCIAL EXTERNA-EXPTE 49967388/23 s/AMPARO POR MORA
El actor promovió acción de amparo por mora administrativa en relación a su solicitud de Apertura de Adaptación al Mercado Local. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la sentencia y rechazó la acción, al considerar que no existía una situación de mora administrativa configurada.
¿Quién es el actor?
Víctor Daniel Ohana
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Producción
- Secretaría de Comercio Interior
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de amparo por mora administrativa respecto a la solicitud de Apertura de Adaptación al Mercado Local (Expte. 49967388/23)
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la acción de amparo por mora. Consideró que no se verificaba una situación de mora administrativa, ya que el pedido del actor había sido rechazado el 10/08/2023 y luego se dio trámite a su pedido de aclaratoria. Por lo tanto, la acción de amparo por mora no resultaba procedente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Al respecto, inicialmente, corresponde recordar que el ámbito de conocimiento de la acción de amparo por mora se limita a comprobar si se ha configurado –o no– la situación de mora de la Administración. (...) En efectivo, en el análisis particular de las circunstancias de autos, cabe tener en cuenta que el actor –conforme se desprende del escrito de demanda– promovió amparo por mora con el objeto de que la demandada diese respuesta al pedido de la solicitud de Apertura al Mercado Local, respecto del expediente Ex 2023-49967388-APN-DNRT#MDP (iniciado el 03/05/2023). Sin embargo, surge de las constancias administrativas agregadas a la causa que lo requerido por el actor fue rechazado el 10/08/2023 (PV-2023-92879771-APN-DNRT#MEC). Por otra parte, frente al pedido de aclaración de dicha providencia, efectuado por el actor (el 11/08/2023) se dio origen al expediente administrativo Ex 2023-93664789-APNDGD#MDP. En tales condiciones, y teniendo en cuenta que la acción de amparo por mora fue iniciada el 12/07/2023, corresponde concluir que la mora invocada por el actor –en su escrito de inicio– no aparece verificada y, por ende, la petición debe ser desestimada."
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