IARACITANO, MARIA FABIANA (SUMARISIMO) c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La actora impugnó la constitucionalidad de normas tributarias que gravaban el haber previsional. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y declaró la inconstitucionalidad de dichas normas.
La Sra. María Fabiana Iaracitano demandó al Estado Nacional
- AFIP alegando la inconstitucionalidad de los artículos 30, 82, 85 y 91 de la Ley de Impuesto a las Ganancias que establecían la retención de dicho impuesto sobre su haber previsional.
La jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda y declaró la inconstitucionalidad de las normas cuestionadas, ordenando el cese de la retención y el reintegro de los importes retenidos en los últimos 5 años.
La Cámara Contencioso Administrativa Federal analizó el recurso de apelación del Fisco Nacional y confirmó la sentencia apelada. Consideró aplicable el precedente "García, María Isabel" de la Corte Suprema de Justicia, que declaró la inconstitucionalidad de normas similares por vulnerar el principio de igualdad y los derechos de las personas mayores.
Respecto al reintegro, la Cámara aclaró que solo corresponderá por los períodos en los que la actora ya tenía 60 años o más, conforme al ámbito de aplicación de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.
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