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NIEVA, MIRTA NOEMI c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La actora reclamó la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre sus haberes jubilatorios. La Cámara modificó parcialmente la sentencia al determinar que los intereses se calcularán desde la interposición de la demanda y revocó el modo en que se impusieron las costas.

Intereses Inconstitucionalidad Reintegro Impuesto a las ganancias Personas mayores Jubilaciones


¿Quién es el actor?

Mirta Noemi NIEVA

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamó la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre sus haberes jubilatorios y la restitución de las sumas retenidas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar a la demanda y declaró la inconstitucionalidad de las normas que gravan con el impuesto a las ganancias a las jubilaciones. Ordenó el reintegro de las sumas retenidas durante los 5 años anteriores a la presentación de la demanda, siempre que el actor tuviera 60 años o más. Revocó la decisión sobre el cálculo de intereses, disponiendo que se calculen desde la interposición de la demanda, y revocó la imposición de costas, fijándolas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara siguió la doctrina establecida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente "García", sosteniendo que corresponde declarar la inconstitucionalidad de las normas que gravan con impuesto a las ganancias a los haberes jubilatorios, en atención a la vulnerabilidad de las personas mayores. Resolvió que el reintegro debe computarse sólo por los períodos en que el actor haya tenido 60 años o más, en línea con la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Sobre los intereses, los fijó desde la interposición de la demanda, conforme al régimen de la Ley 11.683.

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