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COPANU SA Y OTRO c/ PNA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechaza el recurso directo contra la sanción impuesta por la Prefectura Naval Argentina a una empresa naviera y su capitán por incumplir la exigencia de contar con práctico obligatorio.

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¿Quién es el actor?

FRANCISCO RAMON SANCHEN GUILLEN y COMPAÑÍA PARAGUAYA DE NAVEGACIÓN DE ULTRAMAR SA (COPANU SA)

¿A quién se demanda?

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA (PNA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo contra sanción impuesta a SANCHEN GUILLEN y COPANU SA por infracción a la normativa de navegación por no contar con práctico obligatorio.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechaza los recursos, confirmando la sanción impuesta por la PNA. Fundamentos principales:
- La diferencia entre la eslora total certificada y la eslora de arqueo real del buque, que superaba los 120 metros, exigía la presencia de un práctico a bordo, el cual no tenía el buque al momento de la constatación.
- La PNA tiene competencia para instruir sumarios sobre hechos relacionados con la seguridad de la navegación, aun cuando una autoridad extranjera haya certificado las dimensiones del buque.
- Se aseguró el debido proceso y derecho de defensa de los recurrentes en el procedimiento administrativo.
- El control judicial de los actos administrativos sancionatorios debe limitarse a la razonabilidad y legalidad, no pudiendo sustituir el criterio de la administración.

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