CANCRINI, MIGUEL ANGEL c/ EN - AFIP - LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor impugnó la constitucionalidad de normas tributarias que le aplican retenciones. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la sentencia de primera instancia y ordenó el reintegro de las sumas retenidas desde los 5 años anteriores a la promoción de la demanda.
¿Quién es el actor?
Miguel Ángel Cancrini
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la constitucionalidad de arts. 23, 79, 81 y 90 de la Ley 20.628 (Impuesto a las Ganancias) que le aplican retenciones al actor.
¿Qué se resolvió?
La Cámara:
(i) Confirmó la declaración de inconstitucionalidad de los artículos impugnados y el cese de la retención.
(ii) Modificó el pronunciamiento en cuanto al plazo de reintegro de las sumas detraídas, ordenando que se efectúe desde los 5 años previos a la promoción de la demanda.
(iii) Ratificó que los intereses se calculen desde la promoción de la demanda o desde cada retención.
Los fundamentos principales fueron:
- Aplicación de la doctrina establecida por la CSJN en "García, María Isabel c/ AFIP" respecto a la validez constitucional de las normas impugnadas.
- La presentación en la vía judicial sin reclamo administrativo previo es procedente cuando se discute la constitucionalidad de una norma tributaria.
- El plazo de prescripción aplicable es el quinquenal previsto en la Ley 11.683.
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