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PICCINALI, JORGE LUIS c/ BCRA (LEY 27521) Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El actor promovió demanda contra el Banco de la Ciudad de Buenos Aires y el Banco Central de la República Argentina para obtener el pago del subsidio instituido por la Ley N° 1.075 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sin deducciones impositivas y cambiarias. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo de la demanda al considerar que el subsidio no tiene naturaleza previsional y por lo tanto no es equiparable a jubilaciones o pensiones que permiten la excepción al pago del impuesto PAÍS.

Principio de igualdad Subsidio Impuesto pais Acceso al mercado de cambios Ex combatientes Malvinas


- Actor: Jorge Luis Piccinali
- Demandados: Banco de la Ciudad de Buenos Aires y Banco Central de la República Argentina
- Objeto de la demanda: Obtener el pago del subsidio instituido por la Ley N° 1.075 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sin deducciones impositivas y cambiarias
- Decisión: Se rechaza la demanda
- Fundamentos:
- El subsidio de la Ley N° 1.075 de la CABA no tiene naturaleza previsional, sino que es una compensación económica extraordinaria, por lo que no es asimilable a jubilaciones o pensiones que permiten la excepción al pago del impuesto PAÍS.
- No corresponde al Poder Judicial crear excepciones que no están previstas en la ley, debiendo interpretarse ésta conforme a su letra sin violentar su texto o espíritu.
- No se verifica una vulneración al principio de igualdad, dado que la distinción normativa no resulta arbitraria ni discriminatoria.

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