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VILLALBA, GONZALO MARTIN c/ EN-M SEGURIDAD-PSA-DTO 836/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria demandó al Estado Nacional por el no reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de ciertos suplementos y compensaciones, lo que fue confirmado en segunda instancia.

Vivienda Actividad riesgosa Vestimenta Suplementos Bonificable Remunerativo Racionamiento Zona Compensaciones Policia de seguridad aeroportuaria


¿Quién es el actor?

Personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Objeto de la demanda: Reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de los suplementos y compensaciones establecidos en los decretos 836/08 y 2140/13 (por actividad riesgosa, racionamiento, vivienda, zona, vestimenta).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó al Estado Nacional incorporar dichos suplementos y compensaciones al concepto del haber mensual.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara remitió a los fundamentos expuestos en las causas "Barrientos" y "Jaras" donde se reconoció el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos y compensaciones reclamados.
- El artículo 15 del decreto 142/2022 derogó a partir del 1° de abril de 2022 el suplemento por actividad riesgosa.
- Los suplementos reconocidos deben ser liquidados conforme a los lineamientos de la CSJN en la causa "Ramirez".
- En cuanto a las costas, se distribuyeron por su orden en ambas instancias.

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