FASOLINO LUIS JORGE Y OTROS c/ EN-M§ DEFENSA-EJERCITO-DTO 871/07 1053/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La actora solicitó la ejecución de los honorarios regulados. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la intimación de pago por falta de crédito presupuestario.
- Actor: Dra. Alicia Susana Long, letrada apoderada y patrocinante de la parte actora
- Demandado: Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Ejército
- Objeto: Ejecución de honorarios regulados a favor de la Dra. Long
- Decisión: La Cámara revocó la intimación de pago dictada en primera instancia, en virtud de que el Estado Nacional aún no tenía previsto el crédito presupuestario para afrontar dicho pago en el ejercicio 2023, según lo establecido en las Leyes N° 23.982 y 11.672.
- Fundamentos:
- De acuerdo a la Ley N° 23.982 y el art. 170 de la Ley N° 11.672, ante la falta de crédito presupuestario suficiente, el Estado Nacional tiene la prerrogativa de diferir el pago de la condena por única vez hasta el ejercicio fiscal siguiente.
- En el caso, la regulación de honorarios de la Dra. Long quedó firme el 19/05/2022, por lo que el Estado debía haber previsionado el crédito para el ejercicio 2023, pero aún no lo había hecho al momento de la intimación.
- Por lo tanto, la Dra. Long no se encuentra habilitada para promover la ejecución forzada de su crédito hasta tanto no venzan los plazos previstos en las normas mencionadas.
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