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Incidente Nº 1 - ACTOR: BERNEL, HECTOR ANGEL Y OTROS DEMANDADO: EN - M SEGURIDAD - GN s/INC EJECUCION DE SENTENCIA

El Estado demandado apeló una resolución que lo intimaba a depositar intereses adeudados. La Cámara confirmó la sentencia y estableció que recién a partir del presente año el actor puede promover la ejecución forzada del crédito.

Intereses Ejecucion de sentencia Estado nacional Legitimacion procesal Cosa juzgada Procedimiento de pago

Ejecución de sentencia por intereses adeudados
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala V rechazó el recurso de apelación del Estado y confirmó la resolución que lo intimaba a depositar $2.487.126,57 en concepto de intereses.
- Fundamentación:
- La Corte Suprema estableció que los intereses moratorios deben computarse hasta la cancelación del crédito para satisfacer su integridad.
- Si bien la liquidación fue consentida, los jueces tienen el deber de corregir errores aritméticos para preservar la cosa juzgada.
- Conforme la doctrina, recién a partir del presente año el actor puede promover la ejecución forzada, ya que se vencieron los plazos previstos en las leyes 23.982 y 11.672 para que el Estado prevea presupuestariamente el pago.

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