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TELEFONICA MOVILES ARGENTINA SA c/ EN-DNCI (EX 5690159/19 - DISP 85/23) s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 - ART 45

La empresa Telefónica Móviles Argentina SA interpuso un recurso directo que fue declarado caduco por incumplimiento de la carga procesal. La Cámara Contencioso Administrativa Federal reguló los honorarios de los profesionales intervinientes en defensa del Estado Nacional.

Regulacion de honorarios Codigo procesal civil y comercial Estado nacional Caducidad de instancia Defensa del consumidor Recurso directo Direccion nacional de comercio interior


- Actor: Telefónica Móviles Argentina SA
- Demandado: Estado Nacional
- Dirección Nacional de Comercio Interior (DNCI)
- Objeto: Recurso directo contra Disposición 85/23 de la DNCI
- Decisión: Se declara la caducidad del recurso directo interpuesto por Telefónica Móviles Argentina SA por incumplimiento de la carga procesal de comunicar a la Procuración del Tesoro de la Nación. Se regulan los honorarios de los profesionales intervinientes en defensa del Estado Nacional. Fundamentos principales:
- La empresa recurrente incumplió la carga procesal de comunicar a la Procuración del Tesoro de la Nación la interposición del recurso directo en los plazos establecidos.
- Por tratarse de un recurso directo, corresponde aplicar el régimen de caducidad de instancia previsto en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
- Para la regulación de honorarios, se deben considerar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido y la contribución de cada profesional, sin aplicar automáticamente los porcentajes legales cuando ello implique una evidente e injustificada desproporción.

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