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AGUILAR, RICARDO JAVIER c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor promovió demanda contra el Estado Nacional por deuda no consolidada de seguridad social. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la providencia que denegó la ejecución forzada, al encontrarse vigente el plazo legal para que el Estado cancele la deuda.

Seguridad social Ejecucion forzada Deuda estatal Diferimiento de pago Credito presupuestario


- Actor: Ricardo Javier Aguilar
- Demandado: Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina
- Objeto: Cobro de deuda no consolidada de seguridad social
- Decisión: Se rechaza el recurso de apelación interpuesto por el actor y se confirma la providencia que denegó la ejecución forzada. La Cámara destacó que, conforme a la normativa aplicable (Ley 23.982, Ley 24.624 y Ley 26.895), el Estado se encuentra en plazo para cancelar la deuda reconocida a favor del actor, ya que no ha vencido el período establecido para la inclusión de la partida presupuestaria correspondiente. Si bien el pago no se ha realizado aún, la Cámara consideró que no corresponde admitir la ejecución forzada, pero aclaró que en caso de que el pago pendiente no se realice por el total adeudado (capital más intereses), el Estado perderá la facultad de diferir la cancelación mediante una nueva previsión presupuestaria.

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