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CENTRAL TERMICA SAN ALONSO SA c/ EN-AFIP-DGI-LEY 19549 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios regulados a los abogados por su participación en la causa sobre caducidad de un acto administrativo.

Recurso de apelacion Regulacion de honorarios Complejidad del asunto Camara contencioso administrativa federal Magnitud del trabajo


¿Quién es el actor?

CENTRAL TERMICA SAN ALONSO SA

¿A quién se demanda?

EN -AFIP
- DGI-

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso interpuesto contra la regulación de honorarios a favor de los Dres. Pamela Jursza y Nicolás Sarmiento, patrocinante y apoderado de la parte demandada.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios regulados, considerando que para determinar una retribución equitativa y justa no debe aplicarse automáticamente un porcentaje, sino ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido y la complejidad de los intereses económicos en juego.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito." "El valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional."

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