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MINERA SANTA CRUZ SA (TF 37464-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La empresa Minera Santa Cruz SA recurrió la resolución de la Aduana que la condenó por declaración inexacta de exportación. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión al considerar acreditado que la empresa no siguió el procedimiento contractual pactado para determinar el precio definitivo de la exportación.

Precio Exportacion Codigo aduanero Declaracion inexacta Minerales preciosos Arts 954 y 332


- Actor: Minera Santa Cruz SA
- Demandado: Dirección General de Aduanas (DGA)
- Objeto: Recurso directo contra resolución sancionatoria por declaración inexacta de exportación
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso y confirmó la resolución que condenó a Minera Santa Cruz SA por infracción al art. 954 del Código Aduanero. Fundamentos principales:
- El Tribunal Fiscal concluyó que Minera Santa Cruz SA había incurrido en una declaración inexacta al documentar el permiso de embarque, al declarar un precio diferente al pactado en el contrato de compraventa.
- El art. 332 del Código Aduanero y la Resolución 2780/92 determinan que al registrar el permiso de embarque se debe manifestar cómo se fijará el precio definitivo, debiendo respetar los parámetros objetivos declarados.
- Los arts. 6 y 9 del contrato de compraventa fijaban el mecanismo para determinar el precio, el cual fue evitado por la empresa.
- El bien jurídico tutelado por el art. 954 inc. c) del Código Aduanero es la veracidad y exactitud de la declaración aduanera, abarcando tanto diferencias en más como en menos.

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