EN c/ . s/INHIBITORIA
El Colegio de Abogados de Morón promovió acción de inconstitucionalidad contra el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023 dictado por el Presidente de la Nación. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó que la competencia territorial corresponde a la Justicia Federal con asiento en la Provincia de Buenos Aires.
- Actor: Colegio de Abogados de Morón
- Demandado: Estado Nacional
- Gobierno Federal
- Poder Ejecutivo nacional
- Objeto de la demanda: Declaración de inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso de apelación y se confirma la sentencia que denegó la inhibitoria, al considerar que el tribunal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires carece de competencia territorial para entender en el presente asunto.
Los principales fundamentos de la decisión son:
- La determinación de la competencia territorial atiende primordialmente a los principios procesales de inmediación y celeridad.
- En el caso, la obligación controvertida tiene su lugar de cumplimiento en la Provincia de Buenos Aires, donde los abogados colegiados ante el Colegio actor ejercen su actividad profesional.
- Atribuir el conocimiento del asunto a la jurisdicción donde se dictaron los actos impugnados desarticularia la estructura institucional diseñada para la tramitación de las causas judiciales de competencia federal.
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