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CUEVA, JOSE LUCINDO c/ EN - AFIP - LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El actor reclamó la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre sus haberes previsionales. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de las normas impugnadas.

Inconstitucionalidad Reintegro Vulnerabilidad Impuesto a las ganancias Jubilados Pensionados Haberes previsionales

Declaración de inconstitucionalidad de los artículos 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la Ley 20.628 que justifican la aplicación del impuesto a las ganancias sobre sus haberes previsionales, y solicitud de cese y reintegro de las sumas retenidas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había declarado abstracta la demanda. Declaró la inconstitucionalidad de los artículos 23 inc. c), 81 y 90 de la Ley 20.628, ordenó que no se retenga el impuesto a las ganancias sobre los haberes del actor hasta que se sancione una ley que cumpla con los parámetros fijados por la Corte Suprema en el precedente "García", y dispuso el reintegro de las retenciones realizadas que no estén prescriptas.
- La Cámara consideró que las modificaciones normativas recientes no alteraron el criterio jurisprudencial que considera inconstitucional gravar con el impuesto a las ganancias a los jubilados y pensionados vulnerables, sin atender a su situación de vulnerabilidad. Señaló que el actor integra un grupo con preferente tutela constitucional.

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