YAÑEZ, HECTOR JOSE Y OTROS c/ EN - M DE SEGURIDAD - GNA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Personal de Gendarmería Nacional promovió reclamo por reliquidación de compensaciones por traslado. La Cámara modificó la sentencia y acotó el plazo de liquidación a los cinco años anteriores a la demanda.
- Actores: Personal de Gendarmería Nacional
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Gendarmería Nacional
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por reliquidación de compensaciones por traslado, incluyendo los aumentos salariales otorgados por decretos
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó en lo sustancial la sentencia de primera instancia, pero modificó el plazo de liquidación a los 5 años anteriores a la presentación de la demanda, en lugar de los 10 años. También distribuyó las costas entre las partes. Fundamentos relevantes: "Corresponde aplicar el plazo quinquenal previsto en el artículo 2560 del Código Civil y Comercial, teniendo en cuenta que la demanda fue presentada el 31 de agosto de 2020 (acordadas 12 —anexo— y 31 —anexo II, punto II.1— de la Corte Suprema de Justicia de la Nación), tal como decidió esta sala en la causa "Echeverria" (expte. 16.544/2020), pronunciamiento del 28 de febrero de 2023, a cuyos fundamentos se remite por razones de brevedad." "Ciertamente, ese planteo fue examinado por esta sala en las causas "Deiderle" (expte. 63.180/2019), "Ruiz, G (expte. 4.953/2020), pronunciamientos del 10 de noviembre de 2022 y del 12 de septiembre de 2023, respectivamente, y "Echeverria" —ya citada—, en las que se ordenó al Estado Nacional reliquidar las compensaciones por cambio de destino o traslado en forma íntegra, por lo que corresponde remitir, en razón de brevedad, a sus fundamentos."
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