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AMADOR, ROMULO HUGO c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El demandado apeló la orden de pago de intereses vencidos. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia al considerar que el Estado había incumplido su deber legal de comunicar la existencia del crédito al Congreso.

Recurso de apelacion Intereses Credito laboral Deber de comunicacion Inembargabilidad Ejecucion de sentencia


- Actor: Rómulo Hugo Amador
- Demandado: Estado Nacional
- Policía Federal Argentina (PFA)
- Objeto: Pago de intereses vencidos sobre un crédito laboral
- Decisión: La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Estado y confirmó la orden de pago de los intereses adeudados. Fundamentos:
- El art. 22 de la Ley 23.982 establece que el acreedor está legitimado para ejecutar su crédito si el Estado incumple el deber de comunicar al Congreso las condenas judiciales firmes que carecen de crédito presupuestario.
- Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, el Estado no puede demorar el cumplimiento de una sentencia mediante el incumplimiento de ese deber legal.
- Si bien el Estado tiene la prerrogativa de diferir el pago cuando se agota la partida presupuestaria, en este caso no se acreditó dicho extremo.
- Por lo tanto, la parte actora se encuentra legitimada para solicitar la ejecución de su crédito.

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