TABLADA, LEONELA LUCRECIA Y OTRO c/ EN-M DEFENSA-EJERCITO-DTO 1305/12 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativa Federal declara la caducidad de la instancia por inactividad procesal de la parte interesada.
¿Quién es el actor?
Tablada, Leonela Lucrecia y otro
¿A quién se demanda?
E.N.
- M. Defensa
- Ejército
- Dto. 1305/12
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg
¿Qué se resolvió?
Se declara la caducidad de la instancia por falta de impulso procesal de la parte interesada.
Los fundamentos principales son:
- El Código Procesal establece que se producirá la caducidad de la instancia cuando no se impulse el proceso dentro de los plazos establecidos.
- Dicho plazo se computa desde la última actuación del tribunal, que en este caso fue la disposición de correr traslado del recurso extraordinario federal interpuesto.
- Habiendo transcurrido más de 3 meses sin que la parte interesada haya impulsado el proceso, se presume su desinterés en continuar, justificando así la declaración de caducidad.
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