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SEYE, SERIGNE DAME c/ EN-M INTERIOR OP Y V-CONARE s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El actor interpuso recurso de apelación contra la declaración de caducidad de la instancia. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión de primera instancia por falta de ratificación de la gestión procesal.

Recurso de apelacion Caducidad de instancia Gestion procesal Art 48 cpccn Ratificacion de personeria


¿Quién es el actor?

Serigne Dame Seye

¿A quién se demanda?

EN-M Interior Op y V-CONARE

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de apelación contra la declaración de caducidad de la instancia.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la declaración de caducidad de la instancia por falta de ratificación de la gestión procesal realizada por la Dra. Marina Alejandra Berardi en representación del Sr. Seye, en los términos del art. 48 del CPCCN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 48 del CPCCN establece que si dentro de los 40 días hábiles desde la primera presentación del gestor no se acompañan los instrumentos que acrediten la personería o la parte no ratifica la gestión, se declarará la nulidad de lo actuado por el gestor.
- La gestión procesal por gestor es de carácter excepcional y tiene como contrapartida la obligación de ratificar la representación dentro del plazo legal, bajo pena de nulidad.
- En el caso, al no haberse ratificado la gestión dentro del plazo de 40 días, corresponde declarar la nulidad de lo actuado y tener por no presentado el recurso de apelación.

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