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BALLADARES, JOSE EDUARDO c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El actor reclamó la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre sus haberes previsionales. La Cámara confirmó la declaración de inconstitucionalidad de las normas aplicadas, ordenando el reintegro de las retenciones.

Intereses Inconstitucionalidad Reintegro Impuesto a las ganancias Adulto mayor Haberes previsionales Grupo vulnerable

Inconstitucionalidad de los arts. 23, 79, 81 y 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias que gravan los haberes previsionales, y reintegro de las sumas retenidas.

¿Qué se resolvió?

(i) Se declara la inconstitucionalidad de los artículos impugnados. (ii) Se ordena a la AFIP reintegrar los montos retenidos en concepto de impuesto a las ganancias sobre el haber del actor, desde los 5 años anteriores a la demanda, con intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara confirmó la jurisprudencia sentada en el precedente "García, María Isabel", en el que se estableció que la aplicación del impuesto a las ganancias sobre los haberes previsionales vulnera la Constitución Nacional al no considerar la situación de vulnerabilidad de los jubilados.
- El actor, al ser un adulto mayor, integra un grupo con preferente tutela constitucional.
- Los aumentos en el mínimo no imponible no atienden adecuadamente la situación de vulnerabilidad, por lo que no vuelven abstracta la cuestión.
- Los intereses deben computarse desde la interposición de la demanda, a las tasas previstas por la normativa vigente.
- Las costas se distribuyen en el orden causado.

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