EN - MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO c/ AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SA - DISP 30/22 s/PROCESO DE EJECUCION
El Ministerio de Desarrollo Productivo apeló la inadmisión de transferir los honorarios de los abogados que lo representaron. La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró mal concedido el recurso por no superar el monto mínimo de apelación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio de Desarrollo Productivo
Demandado: Agua y Saneamientos Argentinos SA
Objeto de la demanda: Pedido de transferencia de honorarios de los abogados que representaron al Ministerio
Decisión del tribunal: La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio, con fundamento en que el monto involucrado ($ 178.296,36) no supera el mínimo previsto en el art. 242 del CPCCN para habilitar su conocimiento.
Fundamentos principales:
- El Tribunal de Alzada tiene la potestad de revisar de oficio la procedencia y forma en que fue concedido el recurso, más allá de la voluntad de las partes.
- Conforme el art. 242 del CPCCN, el monto involucrado ($ 178.296,36) no supera el mínimo previsto ($ 300.000) para que la Cámara pueda conocer del recurso de apelación.
- La apelación, al no cuestionar una regulación de honorarios en sí, no se subsume en la excepción del último párrafo del art. 242 CPCCN.
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