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Incidente Nº 1 - ACTOR: BRUZZONE, RICARDO PEDRO Y OTROS DEMANDADO: EN - M SEGURIDAD - GN s/INC EJECUCION DE SENTENCIA

La demandada apeló la orden de embargo sobre sus cuentas bancarias para ejecutar los intereses adeudados. La Cámara revocó dicha orden de embargo.

Intereses Ejecucion de sentencia Diferimiento de pago Creditos contra el estado Prerrogativa estatal


¿Quién es el actor?

BRUZZONE, RICARDO PEDRO Y OTROS

¿A quién se demanda?

EN
- Mº SEGURIDAD
- GN

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de sentencia en la que se reconoció el carácter remunerativo y bonificable de ciertos suplementos salariales y se condenó a la demandada al pago de las retroactividades.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la orden de embargo dictada en primera instancia, por considerar que la demandada aún contaba con la prerrogativa legal de diferir por única vez el pago de los intereses adeudados en caso de agotamiento de la partida presupuestaria correspondiente. Si bien a la fecha de la sentencia se encontraban vencidos los plazos para la inclusión del crédito en el presupuesto, la demandada había acreditado el depósito del monto reclamado, por lo que corresponde admitir el recurso de apelación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara se apoyó en la jurisprudencia de la Corte Suprema que establece que para la cancelación de créditos sujetos al procedimiento del art. 170 de la Ley 11.672, el Estado debe adoptar las medidas necesarias para que la previsión presupuestaria incluya el capital y los intereses devengados hasta el efectivo pago. Asimismo, citó precedentes propios que reconocen la facultad del Estado de diferir por única vez el pago en caso de agotamiento de la partida presupuestaria.

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