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PEREYRA, OSCAR ALBERTO Y OTRO c/ EN - M DEFENSA - EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativa modificó la sentencia de primera instancia que había aprobado la liquidación de intereses y ordenado el pago del saldo adeudado. El tribunal consideró que aún no correspondía la ejecución forzada del crédito por intereses.

Intereses Ejecucion de sentencia Prevision presupuestaria Deuda publica Error de calculo


¿Quién es el actor?

PEREYRA, OSCAR ALBERTO Y OTRO

¿A quién se demanda?

EN
- M DEFENSA
- EJERCITO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de sentencia y pago de intereses

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar al recurso de apelación de la demandada, revocó la sentencia de primera instancia y consideró que aún no correspondía la ejecución forzada del crédito por intereses. Los fundamentos principales fueron:
- Conforme lo establecido en los arts. 22 de la Ley 23.982 y 170 de la Ley 11.672, el Estado tiene la prerrogativa de diferir por única vez el pago de la condena en caso de que se agote la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio en el que se encontraba prevista su cancelación.
- La Corte Suprema ha establecido que el pago de la condena debe comprender el capital y los intereses hasta su efectiva cancelación, no siendo suficiente la mera previsión presupuestaria.
- Los errores aritméticos o de cálculo deben ser rectificados por los jueces, sea a pedido de parte o de oficio, ya que su cumplimiento lesiona la cosa juzgada.

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