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SOTO, PABLO AGUSTIN Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - GN s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El Estado Nacional apeló la orden de pago de intereses sobre deuda no consolidada. La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso y confirmó el pago de los intereses devengados.

Intereses Recurso de apelacion Ejecucion de sentencia Presupuesto publico Deuda no consolidada Ley 11 672 art 170


¿Quién es el actor?

Soto, Pablo Agustín y otros

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Gendarmería Nacional

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de deuda no consolidada y pago de intereses

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional contra la orden de pago de $3.819.637,73 en concepto de intereses pendientes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema estableció que para cancelar créditos firmes sujetos al art. 170 de la Ley 11.672, el Estado debe prever presupuestariamente el capital más los intereses devengados hasta el pago efectivo.
- Al no haber hecho la previsión presupuestaria integral, el Estado no puede pretender que el pago de los intereses complementarios se realice según el mecanismo del art. 170.
- Confirma precedente "Páez" de la Corte Suprema en el mismo sentido.

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