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GONZALEZ BORRAJO, CECILIA ELISA c/ INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL s/EMPLEO PUBLICO

La actora reclamó percibir el Suplemento por Agrupamiento previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo del personal del SINEP. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo de la demanda, al considerar que la normativa aplicable limita la equiparación salarial del personal contratado temporalmente al nivel, categoría y grado, sin extenderse a adicionales o suplementos.

Principio de igualdad Adicionales Suplementos Empleo publico Equiparacion salarial


¿Quién es el actor?

Cecilia Elisa González Borrajo

¿A quién se demanda?

Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se le reconozca el derecho a percibir el "Suplemento por Agrupamiento" previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo del personal del SINEP.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo de la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La normativa aplicable (art. 9 Ley 25.164, art. 32 Dec. 214/2006, art. 97 Dec. 2098/2008) limita la equiparación salarial del personal contratado temporalmente al nivel, categoría y grado, sin extenderse a adicionales o suplementos.
- La Corte Suprema, en el caso "Asociación Trabajadores del Estado", había interpretado que la equiparación no alcanza a los suplementos o adicionales reclamados.
- El principio de igualdad no impide un tratamiento diferenciado entre personal de planta permanente y personal contratado, cuando existen razones objetivas que lo justifican.

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