BLANCO AZCARATE, ROBERTO Y OTROS c/ EN - AFIP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala II, consideró los honorarios regulados por la actuación del abogado apoderado en el marco de una medida cautelar y un incidente resuelto, reduciendo los montos a partir de los parámetros establecidos en la Ley de Honorarios Profesionales.
¿Quién es el actor?
BLANCO AZCARATE, ROBERTO Y OTROS
¿A quién se demanda?
EN
- AFIP
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso de conocimiento
¿Qué se resolvió?
La Cámara redujo los honorarios regulados al Dr. Miguel Angel Salvador, apoderado de la parte actora, en el marco de su actuación en la tramitación de una medida cautelar y un incidente resuelto. Para la fijación de los honorarios, la Cámara consideró la trascendencia económica de la cuestión, el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor cumplida, así como el resultado obtenido, aplicando los parámetros establecidos en la Ley 27.423 de Honorarios Profesionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito."
"Que, teniendo en cuenta la naturaleza del asunto, considerando el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor cumplida durante de medida cautelar y el resultado obtenido, corresponde reducir a la suma de PESOS QUINIENTOS CATORCE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO ($514.598)
- equivalente a 9,8 UMA
- los honorarios del DR. MIGUEL ANGEL SALVADOR, por su actuación como letrado apoderado, actuante en la defensa de la actora (arts.14,16,19, 20, 21, 37, 44, inc. a) y ccdtes. de la ley 27.423. -Dto. 1077/17)."
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