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CENCOSUD SA c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE ECONOMIA SECRETARIA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO s/LEALTAD COMERCIAL - LEY 22802 - ART 22

La empresa Cencosud SA promovió un incidente cuestionando la competencia del fuero contencioso administrativo federal. La Cámara Contencioso Administrativa Federal decidió remitir las actuaciones a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal.

Competencia Estado nacional Camara nacional de apelaciones en lo civil y comercial federal Lealtad comercial Cencosud Fuero contencioso administrativo federal

¿Qué se resolvió en el fallo?

La empresa Cencosud SA demandó al Estado Nacional
- Ministerio de Economía
- Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo por cuestiones relacionadas con la Ley de Lealtad Comercial N° 22.802. La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal declaró la inconstitucionalidad de una disposición reglamentaria y ordenó la remisión de las actuaciones al fuero contencioso administrativo federal. La Cámara Contencioso Administrativa Federal, luego de analizar el dictamen del Ministerio Público Fiscal, resolvió rechazar la competencia asignada y devolver los autos a la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal. Para ello, consideró que correspondía mantener la competencia originaria de dicho fuero, de acuerdo a la jurisprudencia citada.

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