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ROVELLA CARRANZA SA c/ EN-DNV- s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Contratista impugnó el rechazo a su demanda por incumplimiento de la Administración en el pago de intereses por atraso. La Cámara declaró inadmisible el recurso extraordinario al considerar que los agravios se referían a cuestiones fácticas no revisables en esa instancia.

Arbitrariedad Prueba Intereses moratorios Recurso extraordinario federal Contrato administrativo

¿Qué se resolvió en el fallo?

La empresa Rovella Carranza SA demandó al Estado Nacional
- Dirección Nacional de Vialidad (DNV) a fin de que se fije judicialmente un plazo para que la demandada proceda a liquidar y abonar el crédito generado a favor de la actora en concepto de intereses por pagos en mora de los certificados de obra correspondientes a la ejecución de un proyecto vial en la Provincia de Formosa. La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala IV rechazó el recurso de apelación interpuesto por la actora y confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda. Disconforme, la empresa Rovella Carranza interpuso recurso extraordinario federal, que fue declarado inadmisible por la Cámara. Los jueces consideraron que los agravios de la recurrente se referían a cuestiones de hecho y prueba, que son ajenas a la instancia extraordinaria. Asimismo, señalaron que la mera invocación de garantías constitucionales no es suficiente para habilitar dicha vía excepcional, siendo necesario demostrar la arbitrariedad de la sentencia, lo cual no se verificaba en el caso.

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