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D AMICO, LEANDRO ADRIAN Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PNA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativa Federal-Sala II modificó la decisión de primera instancia, dejando sin efecto el apercibimiento de ejecución y estableciendo los plazos legales para que el Estado Nacional realice el pago de la condena.

Intereses Recurso de apelacion Ejecucion de sentencia Consolidacion de deudas Presupuesto Contencioso administrativo Deuda estatal


¿Quién es el actor?

D'Amico, Leandro Adrián y otros

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Prefectura Naval Argentina

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo sobre personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal-Sala II hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por el demandado, dejando sin efecto el apercibimiento de ejecución dispuesto en primera instancia. Fundamentó su decisión en que, conforme a las leyes 23.982, 24.624 y 26.895, el Estado Nacional se encuentra dentro de los plazos legales para cancelar la deuda reconocida, por lo que no corresponde admitir la ejecución forzada pretendida por la actora. Sin embargo, aclaró que si el pago no se realiza por el total de lo adeudado -capital más intereses-, no corresponde una nueva previsión presupuestaria por el crédito en cuestión.

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