ALCORTA, ALFREDO ANTONIO c/ EN - AFIP Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El jubilado promovió demanda por inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre sus haberes previsionales. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad de dicho impuesto y ordenó su devolución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El señor Alfredo Antonio Alcorta promovió demanda contra la AFIP-DGI a fin de que se declare la inconstitucionalidad del artículo 79 inciso c) de la Ley de Impuesto a las Ganancias, que prevé la aplicación de dicho tributo sobre los haberes previsionales, y se ordene el cese de su aplicación y la devolución de lo retenido. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de la norma cuestionada y ordenó a la AFIP-DGI el cese inmediato de la aplicación del impuesto y la devolución de lo retenido, con intereses. El Fisco Nacional apeló dicha sentencia, pero la Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión. La Cámara consideró que, en el caso, corresponde aplicar la doctrina de la CSJN sentada en el precedente "García, María Isabel", que declaró la inconstitucionalidad de dicho gravamen sobre los haberes previsionales. Asimismo, rechazó los demás agravios del Fisco, confirmando el plazo de prescripción quinquenal para la devolución de las sumas retenidas.
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