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NALDI, MARIO c/ ESTADO NACIONAL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA SENASA s/EMPLEO PUBLICO

El Estado Nacional - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) interpuso recurso extraordinario federal contra la sentencia de primera instancia. La Cámara declaró la caducidad de la instancia extraordinaria.

Recurso extraordinario Caducidad de instancia Empleo publico Servicio nacional de sanidad y calidad agroalimentaria senasa


¿Quién es el actor?

NALDI, MARIO

¿A quién se demanda?

ESTADO NACIONAL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Empleo público

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala IV, declaró la caducidad de la instancia extraordinaria interpuesta por el demandado contra la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 310 inc. 2° del CPCCN establece que se producirá la caducidad de la instancia cuando no se instare su curso dentro de los tres meses en segunda o tercera instancia.
- El plazo de tres meses se computa desde la última petición de las partes o resolución que impulse el procedimiento, corriendo incluso durante días inhábiles.
- La finalidad de la caducidad excede el beneficio de los litigantes, y propende a la agilidad del reparto de justicia, evitando la duración indefinida de los procesos cuando las partes abandonan presumiblemente el ejercicio de sus pretensiones.
- En el caso, la última actuación que impulsó el proceso fue la providencia del 29/2/24 en la que se ordenó correr traslado del recurso extraordinario, sin que la parte interesada haya realizado actos de impulso procesal en los siguientes tres meses.

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