ASSELBOM, LUCAS SANTIAGO Y OTROS c/ EN - M DEFENSA - EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Regulación de honorarios del abogado patrocinante del actor es confirmada por la Cámara Contencioso Administrativa Federal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia confirma la regulación de honorarios del Dr. Pablo Ignacio Tommasi, letrado patrocinante y apoderado de la parte actora en una etapa del juicio, por resultar ajustada a derecho según los arts. 6, 7, 9, 37 y 38 de la Ley 21.839 modificada por la Ley 24.432. Asimismo, se fijan sus honorarios por el trabajo cumplido en la Alzada en 5,91 UMA (equivalente a $310.334,1) y por el rechazo del recurso extraordinario en 20 UMA (equivalente a $1.050.200), de acuerdo a la Ley 27.423 y Resolución SGA 1497/2024. Se aclara que los montos no incluyen IVA, el cual deberá ser depositado junto al pago por la obligada, de acreditarse la condición de responsable inscripto.
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