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EN-M PRODUCCION c/ TELECENTRO SA s/PROCESO DE EJECUCION

El tribunal regula los honorarios de los abogados de la parte demandada en un proceso de ejecución, reduciendo los montos fijados en primera instancia.

Regulacion de honorarios Abogados Parte demandada Proceso de ejecucion


¿Quién es el actor?

EN
- M PRODUCCION

¿A quién se demanda?

TELECENTRO SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Proceso de ejecución

¿Qué se resolvió?

El tribunal reduce los honorarios regulados a favor de los abogados de la parte demandada, Dres. Andrés Gitter y Horacio Desimone, a la suma de $52.510 cada uno, y regula los emolumentos del Dr. Andrés Gitter en la alzada en $26.255.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia económica de la cuestión en debate; y atento al valor, motivo, extensión y calidad jurídica de las labores desarrolladas en los trabajos cumplidos ante primera instancia, corresponde REDUCIR a la suma de $52.510 –equivalente a la cantidad de 1 U.M.A.–, para cada uno, los honorarios regulados a favor de los doctores Andrés Gitter y Horacio Desimone, quiénes se desempeñaron por la dirección letrada y representación de la parte demandada (arts. 16, 19, 21, 29, inc.f, 51, 58 inc b y ccdtes. de la ley 27.423; resol SGA Nº 1497/24)." "Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el art. 30 y concordantes de la ley del arancel, la importancia del asunto discutido y las tareas desempeñadas ante esta alzada, REGULAR en la suma de $26.255 -equivalente a la cantidad de 0,50 U.M.A; resol. 1497/24– los emolumentos del Dr. Andrés Gitter."

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