Incidente Nº 1 - ACTOR: HIRAKRUSH SA DEMANDADO: EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION COMERCIAL EXTERNA-SIMI 467694A Y OTRO s/INC APELACION
La AFIP-DGA y el Estado Nacional-Ministerio de Desarrollo Productivo apelaron la medida cautelar que suspendió la exigencia de la SIMI. La Cámara declaró inoficioso el tratamiento de los recursos de apelación por haber devenido abstracta la cuestión.
¿Quién es el actor?
HIRAKRUSH S.A.
¿A quién se demanda?
AFIP-DGA; Estado Nacional-Ministerio de Desarrollo Productivo
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Demanda por exigencia de la SIMI para despacho de importación definitiva
¿Qué se resolvió?
El juez de primera instancia había concedido una medida cautelar suspendiendo la exigencia de la SIMI. La AFIP-DGA y el Estado Nacional apelaron esa decisión. La Cámara declaró inoficioso el tratamiento de esos recursos de apelación, debido a que la cuestión debatida devino abstracta por la creación del nuevo "Sistema Estadístico de Importaciones" (SEDI) que sustituyó al anterior régimen. El tribunal confirmó la medida cautelar concedida en primera instancia, sin costas.
Fundamentos relevantes:
- Se creó el SEDI que estableció un nuevo régimen para la información anticipada de importaciones, derogando el anterior SIMI.
- El nuevo régimen del SEDI fijó condiciones diversas a las del régimen anterior, por lo que la cuestión sometida a decisión devino abstracta.
- Corresponde declarar inoficioso el tratamiento de los recursos de apelación y confirmar la medida cautelar concedida en primera instancia.
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