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ALCALIS DE LA PATAGONIA SAIC c/ EN-M§ PLANIFICACION-DTO 475/05 s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La empresa Alcalis de la Patagonia SAIC apeló la sentencia de primera instancia. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó los honorarios regulados a los profesionales que intervinieron en el proceso.

Danos y perjuicios Regulacion de honorarios Camara contencioso administrativo federal Parametros de cuantia


¿Quién es el actor?

Alcalis de la Patagonia SAIC

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Planificación

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por daños y perjuicios

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó los honorarios regulados a los profesionales que intervinieron en el proceso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Para regular los honorarios, se debe ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución de cada profesional.
- No corresponde atenerse a pautas regulatorias de extrema rigidez, sino buscar el parámetro que refleje adecuadamente la cuantía patrimonial del pleito, preservando la ratio legis de la norma.
- En juicios de daños y perjuicios, la base regulatoria debe considerar el monto que probablemente se hubiera fijado en la condena de haberse admitido la pretensión.
- Se confirman los honorarios de los profesionales intervinientes, atendiendo al mérito, calidad, eficacia y extensión de los trabajos desarrollados.

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